Igandea,
2025ko Urtarrilak 19

MugaKultura

loader-image
Durango
3:20 pm,
temperature icon 13°C
Humidity 41 %
Ráfagas de viento: 28 Km/h

El PNV y PSE de Durango respetan «la voluntad ciudadana» y dan luz verde a la consulta sobre los terrenos del ferrocarril

El PNV y PSE de Durango -equipo de gobierno del Ayuntamiento de la villa- «respeta la voluntad de la ciudadanía» y dará luz verde a la consulta que reivindica la plataforma ERABAKI sobre los terrenos del ferrocarril. Así lo han hecho saber mediante una nota de prensa que pasamos a publicar completa a continuación:

PNV PSE Equipo Gobierno

PHOTO · I.G.

«Tras la confirmación técnica de haber superado el 10% de las firmas de la población empadronada en Durango, el Ayuntamiento de Durango abre el procedimiento de tramitación del expediente para realizar una consulta popular sobre los terrenos del PERI Ferrocarril realizada por la Plataforma Erabaki.

Desde el respeto a la ciudadanía, el equipo de gobierno propone que esta se desarrolle sin dilación alguna, mediante las herramientas que la normativa en vigor ofrece. Para ello, propondrá en el pleno de hoy la aprobación de un protocolo de actuación amparado en la legislación vigente.

Así, el artículo 80 de la Ley 2/2016 de Instituciones Locales de Euskadi, dice:

1. De conformidad con la legislación básica de régimen local, los alcaldes o alcaldesas, previo acuerdo por mayoría absoluta del pleno y autorización del Gobierno del Estado, podrán someter a consulta popular aquellos asuntos de la competencia propia municipal y de carácter local que sean de especial relevancia para los intereses de la comunidad vecinal, con excepción de los relativos a ámbitos vedados en la
legislación básica de régimen local. Reglamentariamente se establecerán los procedimientos, requisitos y garantías, de acuerdo con lo establecido en esta ley. (…)

3. La convocatoria de este tipo de consultas corresponderá al alcalde o alcaldesa, previo acuerdo plenario que contendrá como mínimo el texto íntegro de la disposición o la política o decisión pública que se someta a consulta, la pregunta o preguntas que se someten a consulta y la fecha en que esta haya de celebrarse, entre noventa días y un año siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el boletín oficial del territorio histórico correspondiente.

De esta manera el Equipo de Gobierno propone este protocolo de actuación que garantiza la legalidad del proceso, la correcta consecución de la consulta y no dar lugar a posibles retrasos o a la nulidad del proceso. Así mismo, este protocolo evitará cualquier atropello que pueda atentar contra los derechos de la ciudadanía, contra el interés general y el bien común.

PERI

1. Analizar y debatir durante el mes de enero 2019 en la Comisión Informativa correspondiente la solicitud de consulta popular, de acuerdo con lo establecido en el artículo 80.3 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi, con el objeto de:

a) Fijar la documentación que se somete a consulta

b) Concretar la pregunta o preguntas que se realizarán

c) Fijar la fecha de realización de la misma.

2. Tras el dictamen de la Comisión Informativa correspondiente, someter la aprobación del mismo al Pleno de la Corporación que se celebrará el día 29 de enero de 2019, con el quórum de la mayoría absoluta de sus miembros (11 concejales/as). (Artículo 80.1 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi).

3. Remisión del acuerdo a fin de recabar autorización previa del Gobierno. (Artículo 80.1 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi)

a) Publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de Bizkaia (Artículo 80.3 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi)

b) Convocatoria de la Consulta popular (Artículo 80.3 de la Ley 2/2016, de Instituciones Locales de Euskadi)

Ayúdanos a crecer en cultura difundiendo esta idea.

Bilatu