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Narrativas en conflicto (y III)

CARLOS LÓPEZ

El caso de Palestina encaja a la perfección en el concepto de “justicia anormal” acuñado por Nancy Fraser. Un pueblo sin Estado que vive en una región con unas fronteras acordadas en 1967 que realmente nunca se han respetado, que no es reconocido como sujeto político de pleno derecho y que, por tanto, no es un “quién” ante la justicia.

La llamada “cuestión palestina” revela con nitidez algunos de los los aspectos más problemáticos de lo que podríamos denominar “el orden internacional”.

El primero es la normalización de la excepcionalidad. En los Estados de derecho, los derechos fundamentales -protegidos por las constituciones- pueden verse restringidos de manera transitoria en determinadas situaciones. La Constitución española, por ejemplo, contempla tres supuestos que justifican restricciones: estado de alarma, de excepción y de sitio. Todos recordamos las limitaciones a la libertad de movimiento y reunión durante el estado de alarma de 2020; quienes son mayores quizá tengan también en la memoria las detenciones sin cargos y la suspensión de garantías que caracterizaron el estado de excepción de 1975 en el País Vasco, todavía bajo el franquismo.

Para un pueblo sin Estado, como el palestino, esa excepcionalidad deja de ser un paréntesis: se convierte en regla. La vida cotidiana transcurre bajo un régimen de precariedad estructural, donde cada individuo puede ser reducido a la condición de homo sacer, esa figura del derecho romano primitivo recuperada por Giorgio Agamben que designaba a quien, despojado de toda protección jurídica, podía ser eliminado sin que su muerte implicara delito alguno ni hubiera que rendir cuentas por ella.

El poder ocupante, con el beneplácito tácito de gran parte de la comunidad internacional, ha impuesto sobre Palestina un estado de excepción perpetuo, un sistema en el que la suspensión del derecho se ha vuelto ordinaria y la vida humana carece de amparo legal.

Esta situación deja al descubierto la fragilidad del Derecho Internacional. Sus instituciones, dependientes de la voluntad de los Estados para hacer cumplir sus resoluciones, poseen un poder más simbólico que real. Pero incluso ese poder simbólico está siendo hoy desafiado con creciente descaro, no sólo por Israel, sino muy especialmente por Estados Unidos. Paradójicamente, el propio Estado de Israel manifiesta un desprecio sistemático por las instituciones internacionales de las que deriva su reconocimiento y legitimación. No debería sorprendernos: desde 1948 esas mismas instituciones han contemplado con pasmosa indulgencia cómo se transgredían una y otra vez los acuerdos fundacionales que dieron origen al Estado israelí.

Este desplazamiento revela algo más profundo: el vaciamiento moral del orden internacional contemporáneo. Desde comienzos del siglo XXI -y de forma muy evidente desde la “guerra contra el terror” proclamada por George W. Bush- se ha normalizado la excepcionalidad aplicada no sólo a individuos o grupos, sino a Estados enteros. El concepto de “Estado canalla” o “enemigo de la libertad” otorga a las potencias con poder factual (militar, económico y tecnológico) la prerrogativa unilateral de decidir quién merece derechos y quién queda fuera del ámbito de lo humano políticamente reconocido. La fuerza precede a la legitimidad; el relato se impone a la verdad.

Volvemos al concepto de justicia anormal de Nancy Fraser, aquella que surge cuando las instituciones existentes son incapaces de ofrecer reparación o reconocimiento. Palestina encarna esa forma extrema de anormalidad: no hay foro legítimo al que acudir, porque las estructuras mismas que deberían garantizar la justicia están secuestradas por la cruda lógica del poder factual. En ese contexto, la excepción deviene regla, la vida desnuda, despojada de todo derecho, sustituye a la vida política; es imposible ser reconocido como un “quien” ante la justicia, y si no hay reconocimiento, cualquier pretensión de reparación carece de sentido.

El problema va más allá de la cuestión palestina. Forma parte de un proceso más amplio en el que el principio moral que guía las conductas de quienes ostentan el poder político se ha reducido a la norma de maximizar el beneficio. El documento que nos ocupa ofrece abundantes pruebas de ello. Las instituciones del Derecho Internacional, desprovistas de capacidad coactiva, sobreviven como vestigios simbólicos en un mundo donde la fuerza militar y el control de la economía han dejado de necesitar su legitimación. Ya Guy Debord mostró que en la sociedad del espectáculo la apariencia, el simulacro sustituye a la realidad: la justicia, la democracia y la verdad sobreviven como imágenes vaciadas de contenido, reproducidas en bucle por los mismos medios que las traicionan.

Mientras tanto, la esfera pública, el espacio donde debía materializarse el diálogo democrático, se ve colonizada por el monopolio mediático y por una comunicación orientada al consumo y no a la comprensión reflexiva. La idea de “verdad” se fragmenta en narrativas. La paradoja última es que el orden mundial que proclama la defensa de los derechos humanos actúa con una indiferencia casi cínica ante su erosión cotidiana. La moral universal que se invoca en los discursos diplomáticos es poco más que una sarta de eufemismos que no consiguen disfrazar el principio que guía en la práctica las relaciones entre los pueblos. Si el valor supremo de la política real es la maximización del beneficio, ¿qué ventaja supondría para quien posee tecnología, armas y el apoyo incondicional de la potencia hegemónica el actuar conforme a reglas consensuadas?

Durante los dos últimos años hemos asistido a un genocidio retransmitido en directo al mundo. En las últimas semanas se ha implementado un plan elaborado a la medida de los deseos de Israel, pero que no aborda cuestiones de fondo como el estatus del pueblo palestino, ni su derecho a la seguridad, ni siquiera su derecho a reclamar derechos. Parece que la situación en Gaza se ha aliviado, y no podemos sino alegrarnos por ello.  Pero no hay una verdadera solución, no puede haber paz duradera sin justicia. Si los organismos que representan el Derecho Internacional son, por el momento, incapaces de hacer respetar sus decisiones, deben seguir siendo los pueblos los que mantengan la presión sobre sus gobiernos e instituciones para obligarles a respetarlas.

Si el discurso de la justicia se convierte en una narrativa entre otras, la paz no pasará de ser un apaño transitorio.

 

Casi ninguna de las ideas que aparecen en esta serie de textos son de mi propia cosecha. Hay gente muy, muy inteligente pensando en todas estas cuestiones desde hace mucho tiempo. Les ofrezco una lista de lecturas interesantes, por si quieren ir a las fuentes:

Giorgio Agamben, Homo sacer. El poder soberano y la nuda vida (1998); Estado de excepción (2004)

Hannah Arendt, Los orígenes del totalitarismo (1951) y Verdad y política (1967)

Noam Chomsky, Ilan Pappe,  Conversaciones sobre Palestina (2016)

Guy Debord, La sociedad del espectáculo (1967)

Michel Foucault, Seguridad, territorio, población (1978-79)

Nancy Fraser, Escalas de justicia (2008)

Jürgen Habermas, Historia y crítica de la opinión pública (1962)

Onora O’Neill, Justicia a través de las fronteras. ¿De quién son las obligaciones? (2016)

 

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